Propone grupo parlamentario del pan la creación de la ley de voluntad anticipada

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El diputado Raúl García Ruíz, indicó que con esta Ley se pretende salvaguardar los derechos de las personas en etapa terminal, sin violentar su dignidad, autonomía y privacidad por parte de sus familiares, allegados o por el mismo personal médico, indudablemente, por lo que se requiere trabajar para respetar y acatar la voluntad de las personas desahuciadas, por lo que consideramos que es mejor que ellas mismas expresen anticipadamente su voluntad sobre su vida y cuerpo, atendiendo la Declaración Universal de Derechos Humanos que precisa en su numerales 3 y 5, lo siguiente: “Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona” y “Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes”, respectivamente.

 

García Ruíz destacó que de ninguna forma se pretende permitir la eutanasia, sino, se pretende regular la ortotanasia, que es dejar que la naturaleza haga su propio efecto cuando ya no hay remedio para una persona que se encuentra en la parte final de su existencia, es decir, es la muerte correcta que se encuentra eximida de responsabilidad para quien la ejecuta a favor de otro, tal como la regula la Ley General de Salud.

 

“El tema es complejo y difícil de abordar, porque seguramente haríamos todo lo que estuviera a nuestro alcance, inclusive, sin tomar en cuenta al enfermo en etapa terminal, como sucede en la actualidad, arrastrándolos a daños físicos y psicológicos al forzarle la vida, incluso verlos perder sus capacidades físicas, y sufragar los gastos que esto conlleva; acciones que se pudieran prever de manera legal por las personas desahuciadas al externar su voluntad”, afirmó el diputado.

 

Todo lo anterior expuesto se debe a que no existe en la actualidad un marco jurídico vigente en nuestro Estado, que regule tales situaciones, por lo cual, resulta necesario incorporar a nuestro catálogo legislativo, como ya lo han hecho las siguientes legislaturas al expedir la Ley de Voluntad Anticipada: Aguas Calientes,  Michoacán, Guanajuato, Hidalgo y el Distrito Federal, San Luis potosí y Coahuila, bajo la denominación de Ley de Derechos de las Personas en Etapa Terminar y Ley Protectora de la Dignidad del Enfermo Terminal, respectivamente, y en otros estados de la República Mexicana, donde actualmente se encuentran en estudios los proyectos de Ley.

 

La presente iniciativa aborda un tema difícil, pero a la vez necesario e impostergable, por lo que será indispensable la creación de mesas especializadas de trabajo, a fin de que expertos en la materia coadyuven con sus aportaciones y podamos conjuntamente construir un ordenamiento jurídico que venga a regular las normas, requisitos y formas de realización de la voluntad de cualquier enfermo en fase terminal con capacidad de ejercicio.

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