En la reunión donde se aprobó por mayoría el dictamen correspondiente a la minuta con proyecto de decreto que expide la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y reforma y adiciona disposiciones de la Ley Sobre el Contrato de Seguro, el diputado del PRI por Chihuahua dijo que con ello se incorporan las reglas específicas relativas al contrato de seguro de caución.
Además – precisó el integrante de la Comisión – se pudo perfeccionar el régimen de los seguros obligatorios, regular la concurrencia de los mismos contra la responsabilidad y algunas otras precisiones que buscan dar certidumbre en estos aspectos.
Duarte Murillo destacó que la nueva Ley estipula una redistribución de las facultades que tienen asignadas las autoridades financieras, básicamente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Comisión Nacional de Seguros de Fianzas, sobre todo en la política pública, operación y supervisión, a fin de delimitar sus ámbitos de actuación de manera más precisa y clara.
También, sistematiza e integra en uno sólo los ordenamientos aplicables a seguros y fianzas, a saber, la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, subrayó el legislador.
Ignacio Duarte dijo que con todo lo anterior la Ley fortalece la solvencia, estabilidad y seguridad en el marco jurídico de los sectores de seguros y de fianzas, con base en un desarrollo sano y ordenado de las instituciones que conforman los sectores mencionados.
De acuerdo con la minuta aprobada por la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, la nueva Ley contempla que mediante una fórmula general o modelos internos, las instituciones determinarán el capital necesario para cumplir con sus obligaciones de acuerdo con sus riesgos y, en ese sentido, ya no será la autoridad la que establezca la regla única aplicable a todas las instituciones para calcular el monto de capital que requieren.
Al respecto, el diputado por Chihuahua subrayó que se establece la posibilidad de que las instituciones de seguros y de fianzas puedan tener modelos internos para calcular su requerimiento de capital de solvencia, considerando todos los riesgos a los que están expuestas.
Se dispone – continuó – que las instituciones deberán contar con un sistema eficaz de gobierno corporativo que garantice una gestión sana y prudente de su actividad, cuya instrumentación y seguimiento será responsabilidad de su Consejo de Administración.
Las instituciones de seguros y de fianzas tendrán obligaciones para transparentar su situación financiera frente al mercado; así, específicamente, deberán dar a conocer información sobre su perfil de riesgo y nivel de capitalización, puntualizó Duarte Murillo.